Para vender un inmueble en España necesitamos tener preparados algunos documentos, que es necesario recopilar para llevar a cabo la compraventa.
Hoy os hablamos del Título de Propiedad.
Es el documento que permite acreditar que eres el propietario del inmueble. Este documento está inscrito en el Registro de la Propiedad del lugar en el que se ubica la vivienda.
Lo habitual es que el Título de Propiedad consista en una Copia Autorizada de una escritura de Herencia o Compraventa, o de otras menos conocidas como una Liquidación de Gananciales, una Extinción de Condominio, una Sentencia Judicial, un Expediente, y hasta un Documento Privado.
Este documento lo debe aportar la parte vendedora y es necesario presentarlo en la Notaría para efectuar la compraventa.
Lo correcto es aportar el Documento Original, que deberá llevar unidos los cajetines de la Oficina Liquidadora y del Registro de la Propiedad competentes.
Una vez firmada la compraventa el Notario lo hará constar en la anterior Copia Autorizada, con la fecha y su nombre como Notario autorizante. De este modo el anterior Título de Propiedad queda inutilizado.
En muchas ocasiones no es posible aportar el original inscrito porque se ha perdido o traspapelado, sino una fotocopia, o una copia simple de la escritura. La Notaría pedirá SIEMPRE, Nota Simple al Registro de la Propiedad competente, entre otras cosas, para comprobar que el inmueble que va a ser objeto de Compraventa, está a nombre de los vendedores, además de la comprobación de cargas sobre el inmueble.
En caso de que la propiedad no estuviese inscrita en el Registro de la Propiedad hay que inscribirla antes de inscribir la nueva.