El certificado energético de una vivienda es un documento que informa sobre el consumo energético y las emisiones de CO2 de un inmueble, describe las características energéticas y da recomendaciones de mejoras viables.
Es obligatorio desde junio de 2013 para todas las viviendas y locales que quieran ponerse en venta o alquiler conforme al Real Decreto 235/2013.
Están exentos: los edificios y monumentos protegidos, los utilizados exclusivamente como lugares de culto, las construcciones provisionales (para uso previsto igual o inferior a dos años) las partes no residenciales de edificios industriales, de la defensa y agrícolas, los edificios o partes aisladas de edificios con superficie útil total inferior a 50 m2, los edificios que se compren para reformas importantes o demolición y los edificios de vivienda cuyo uso sea inferior a 4 meses al año siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda. Es decir estarían exentas las viviendas que se vendan como vivienda vacacional que cumplan este requisito.
Tiene validez de 10 años y el propietario es el responsable de solicitarlo y registrarlo en el organismo oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Debe realizarlo un técnico competente (Arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero), que realizará una visita a la vivienda y elaborará posteriormente el informe.
Publicitar una vivienda en venta o alquiler sin disponer de certificado energético supone una infracción y está sancionado con multas que oscilan entre los 300 y los 600€.
Pero, ¿para qué sirve?
La finalidad del certificado es que las viviendas en España sean lo más eficientes posibles. El documento es sólo informativo, por lo que el resultado de la calificación no conlleva ninguna consecuencia para el propietario, pero le indicará posibles reformas energéticas que puede acometer para mejorar la eficiencia energética de la vivienda.
La mayoría de los inmuebles de segunda mano certificados hasta el momento obtienen una calificación energética baja, F o G. Una inversión en rehabilitación energética será amortizable en el tiempo ya que supondrá una mejora en la calificación lo que indica un ahorro en el consumo energético de la vivienda, igual que una lavadora calificada como A consumirá menos energía, nuestra casa consumirá menos con una calificación D o E que con la F o G inicial, además de suponer una mejora en el confort.
Esto puede conseguirse realizando algunas de estas mejoras:
- Incorporar aislamiento térmico. Un buen aislamiento hará que el frío y el calor no entren en la vivienda.
- Cambiar las ventanas, por unas de alta eficiencia energética (con vidrios dobles, con control solar y marcos con rotura de puente térmico) que no transmitan el frío y el calor y dejen pasar la luz natural.
- Sustitución de los equipos de producción de ACS y calefacción por calderas más eficientes. En viviendas unifamiliares o en edificios donde se ponga de acuerdo la comunidad de propietarios puede realizarse una inversión en energías renovables: placas solares o calderas de biomasa, supondrá un gran ahorro en el consumo aunque inicialmente la inversión a realizar es mayor.
- Uso de la iluminación led. Su consumo es mucho menor que el de una bombilla convencional.
- Sustitución de los equipos de climatización. Deben conseguir una temperatura interior de confort pero con un consumo bajo.
Para estas medidas de mejora existen ayudas económicas por parte de las Comunidades Autónomas, que pueden hacer que la inversión particular a realizar sea pequeña.