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Ayudas a la Rehabilitación de Viviendas: 2. Conservación, Mejora de la Seguridad de Utilización y de la Accesibilidad en Viviendas

| 08/04/2021

Te explicamos algunas de las ayudas para la rehabilitación de viviendas de las que te puedes beneficiar con el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. El plazo de concesión de estas ayudas se extendió hasta el 31 de diciembre de 2022.

La gestión de las ayudas del Plan corresponde a las Comunidades Autónomas que son las encargadas de la tramitación, resolución y pago de las mismas.

Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de las accesibilidad en viviendas.

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A través de este programa se financia la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad universal en viviendas unifamiliares urbanas o rurales y en viviendas en edificios residenciales.

Se podrán beneficiar de esta ayuda propietarios y comunidades de propietarios, empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, sociedades cooperativas, así como Administraciones y empresas públicas.

El límite de la ayuda es con carácter general del 40% de la inversión subvencionable pudiendo alcanzar hasta el 75% de la inversión en caso de ingresos inferiores a 3IPREM o para obras de accesibilidad cuando los residentes sean personas discapacitadas o sean mayores de 65 años.

La cuantía máxima oscilará entre los 3.000 y los 8.000 euros por vivienda en función de las labores a desarrollar, ampliables a entre 14.000 y 17.000 euros por vivienda si reside una persona con discapacidad.

Existirán incrementos en la cuantía de 1.000€ en caso de edificios declarados como BIC y de hasta un 25% para menores de 35 años en municipios con menos de 5.000 habitantes.

Estos son los requisitos que deben cumplirse:

Tipo de vivienda: Vivienda unifamiliares y edificios de vivienda con antigüedad de construcción preferentemente anterior a 1996.

El 70% de la superficie construida sobre rasante, excluidas las plantas inferiores con otros usos compatibles, debe tener uso residencial de vivienda, y al menos el 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.

Se considerarán subvencionables las actuaciones de conservación de estructura, cimentación, cubiertas, fachadas o los procesos de desamiantado. También se considerarán subvencionables las labores de adecuación interior de la vivienda a unas condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad e higiene. Por último, también se subvencionarán las obras para la mejora de la seguridad de utilización y de accesibilidad, tales como la instalación de ascensores, rampas o la instalación de elementos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.

¿Quieres beneficiarte de esta ayuda? Consulta los plazos de tu Comunidad Autónoma para solicitarlas.